HAZ DE TU "DISCAPACIDAD" Ó "INCAPACIDAD" UNA "CAPACIDAD"
Éste blog se ha creado para visibilizar a aquellas personas con algún tipo de diversidad funcional, entidades, empresas que colaboran en el Tercer Sector, información actualizada en el ámbito de la sanidad, empleo, formación, educación, empoderamiento y ayudas de muchos tipos para una mayor calidad de vida existentes legalmente en España.
sábado, 9 de mayo de 2026
domingo, 1 de octubre de 2023
viernes, 1 de septiembre de 2023
martes, 1 de agosto de 2023
sábado, 1 de julio de 2023
jueves, 1 de junio de 2023
lunes, 1 de mayo de 2023
sábado, 1 de abril de 2023
miércoles, 1 de marzo de 2023
miércoles, 1 de febrero de 2023
domingo, 1 de enero de 2023
jueves, 1 de diciembre de 2022
domingo, 13 de febrero de 2022
sábado, 1 de enero de 2022
jueves, 23 de diciembre de 2021
sábado, 8 de febrero de 2020
¿Cuántos años hay que cotizar para que compense la jubilación anticipada?
Antes de tomar a decisión de jubilarse de forma anticipada, es importante realizar los cálculos de base reguladora y coeficientes de reducción para saber si compensa. A continuación te explicamos los requisitos para la jubilación anticipada, los coeficientes reductores que se descuentan en función de los años cotizados y cómo calcular cuánto dinero cobrarás.
Diana Saorín
| Madrid | 08/02/2020
Pensionistas pasean en un parque en Bilbao
Pensionistas pasean en un parque en Bilbao | EFE (Archivo)
Aquellos trabajadores que tengan intención de jubilarse antes de la edad legal podrán hacerlo siempre y cuando cumplan con los requisitos que aparecen expuestos en la reforma de las pensiones del 2013, que se aprobó en 2011 por el Gobierno de Zapatero.
Como consecuencia de esta reforma, los trabajadores que quieran jubilarse este año con el 100% de la pensión (y no hayan cotizado 38 años y medio) tendrán que tener 65 años y diez meses cumplidos y para los que tengan 37 o más años cotizados podrán jubilarse con 65 años.
Además, según esta reforma, la edad de jubilación ha aumentado progresivamente un mes por cada año, de manera que en el 2027 se situará en los 67 años. Así, los nacidos en el año 1969 ya no podrán jubilarse antes de los 67 años si quieren recibir el 100% de la pensión, a excepción de si han cotizado 38 años y medio.
Por ello, los trabajadores que quieran jubilarse antes de la edad legal tienen que tener en cuenta antes que su pensión se verá reducida. En concreto, por cada trimestre que se adelante la jubilación, se aplicará un coeficiente reductor que es un porcentaje que se resta a la pensión por cobrarla de manera anticipada y supone una horquilla de entre el 1,625% y el 2% trimestral, lo que al año es entre el 6,5% y el 8%.
Los coeficientes reductores, tal y como indica BBVA en su página web, son los siguientes:
- Si se han cotizado menos de 38 años y 6 meses el coeficiente reductor aplicado será del 2% por trimestre.
- Si es igual o superior a 38 años y 6 meses pero inferior a 41 años y 6 meses del 1,875% por trimestre.
- Si se han cotizado entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses será del 1,75% por trimestre.
- Cuando se hayan cotizado más de 44 años y 6 meses será del 1,625% por trimestre.
Existen diferencias en los requisitos para jubilarse de forma anticipada si se produce de forma voluntaria o involuntaria. Tal y como explica la Seguridad Social, los requisitos para acceder a la jubilación anticipada por cese voluntario son:
- Tener cumplida una edad de, como máximo, dos años menos a la exigida legalmente para jubilarse, es decir, 63 años.
- Es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social o en la denominada 'situación asimilada a la de alta' que se da en casos como la excedencia forzosa o por cuidado de hijos.
- Se debe haber cotizado al menos 35 años, a los que se podrá computar el servicio militar u otro tipo de prestación social con el tope de un año y, de ellos, dos deben estar comprendidos dentro de los 15 anteriores al momento de dejar de cotizar.
- Que el importe resultante de la pensión no sea inferior a la pensión mínima que por su situación familiar le correspondería al trabajador al cumplimiento de la edad ordinaria.
Jubilación anticipada por cese involuntario
Por otro lado, en el caso de que se produzca un cese involuntario, que es el resultado del despido del trabajador, quien es expulsado de manera prematura del mercado de trabajo por causas objetivas de reestructuración empresarial, se deberán acreditar al menos 33 años de cotizaciones a la Seguridad Social.
Otro requisito es que el contrato de trabajo de esa persona se haya extinguido por alguna de las causas contempladas en el artículo 6 del Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de marzo. Y, por último, que esté o haya estado inscrito como demandante de empleo durante un periodo mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de jubilación.
En este caso, la edad de acceso a la jubilación anticipada será desde cuatro años antes de la edad legal, aunque también se aplicarán coeficientes reductores a la base reguladora. Además, BBVA destaca en su página web que "es importante tener en cuenta que los autónomos no pueden acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada".
Personas con discapacidad
En el caso de las personas con discapacidad, no sufren ningún tipo de penalización en el cálculo de la pensión por jubilación anticipada. De hecho, las personas con una discapacidad igual o superior al 45% y que hayan cotizado en esta situación un mínimo de 15 años, podrán solicitar adelantar el retiro tres meses por cada año cotizado en esa condición y para los que acrediten una situación de dependencia, podrán adelantarlo seis meses.
Así puedes calcular lo que recibirás de pensión
De esta forma, si, por ejemplo, un trabajador que ha cotizado 40 años quiere jubilarse dos años antes de la edad legal, deberá aplicarse un coeficiente reductor del 15%, que se obtiene de multiplicar el coeficiente del 1,875% por ocho trimestres que hay en dos años. Así, si el trabajador tiene una pensión de 1.000 euros brutos al mes, cobrará 150 euros menos al mes, por lo que se le quedaría la pensión en 850 euros mensuales, a lo que hay que restar el IRPF.
Por ello, es importante realizar los cálculos de base reguladora y coeficientes de reducción antes de tomar una decisión para conocer cómo variaría la pensión en función del momento elegido para jubilarse y ver si merece la pena. En este sentido, es conveniente hacerlo o no en función de las circunstancias de cada trabajador, aunque siempre será conveniente acreditar el mayor tiempo de cotización para que la reducción sea menor.
Estos son los pasos que tienes que seguir para calcular tu pensión si te jubilas de forma anticipada:
1. Busca en el apartado de coeficientes reductores el porcentaje que te descontarán según el tiempo que has cotizado.
2. Multiplica ese porcentaje por el número de trimestres que necesitas hasta llegar a la edad de jubilación. Por ejemplo, si quieres jubilarte dos años antes, multiplicas el % del coeficiente reductor por ocho trimestres que hay en dos años.
3. Restas a la pensión que tienes la cantidad que te ha dado del coeficiente reductor y verás cuánto te queda de pensión.
ENLACE: https://www.lasexta.com/noticias/economia/cuantos-anos-hay-que-cotizar-que-compense-jubilacion-anticipada_202002085e3eaf5b0cf25ab583a69edc.html
miércoles, 15 de enero de 2020
domingo, 12 de enero de 2020
lunes, 16 de diciembre de 2019
domingo, 15 de diciembre de 2019
jueves, 5 de diciembre de 2019
martes, 3 de diciembre de 2019
viernes, 29 de noviembre de 2019
martes, 26 de noviembre de 2019
viernes, 22 de noviembre de 2019
martes, 19 de noviembre de 2019
martes, 12 de noviembre de 2019
martes, 5 de noviembre de 2019
martes, 29 de octubre de 2019
martes, 22 de octubre de 2019
martes, 15 de octubre de 2019
martes, 8 de octubre de 2019
martes, 1 de octubre de 2019
martes, 24 de septiembre de 2019
martes, 17 de septiembre de 2019
martes, 10 de septiembre de 2019
martes, 3 de septiembre de 2019
martes, 27 de agosto de 2019
martes, 20 de agosto de 2019
martes, 13 de agosto de 2019
martes, 6 de agosto de 2019
martes, 11 de junio de 2019
martes, 4 de junio de 2019
viernes, 31 de mayo de 2019
martes, 28 de mayo de 2019
viernes, 24 de mayo de 2019
martes, 21 de mayo de 2019
viernes, 17 de mayo de 2019
martes, 14 de mayo de 2019
viernes, 10 de mayo de 2019
martes, 7 de mayo de 2019
viernes, 3 de mayo de 2019
martes, 30 de abril de 2019
lunes, 29 de abril de 2019
viernes, 26 de abril de 2019
martes, 23 de abril de 2019
lunes, 22 de abril de 2019
martes, 16 de abril de 2019
viernes, 12 de abril de 2019
martes, 9 de abril de 2019
viernes, 5 de abril de 2019
miércoles, 3 de abril de 2019
martes, 2 de abril de 2019
lunes, 1 de abril de 2019
viernes, 29 de marzo de 2019
miércoles, 27 de marzo de 2019
lunes, 25 de marzo de 2019
FRASES CÉLEBRES SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 25 DE MARZO DE 2019
FRASE DE LA SEMANA
SI TE CANSAS, APRENDE A DESCANSAR. NO A RENUNCIAR
viernes, 22 de marzo de 2019
martes, 19 de marzo de 2019
lunes, 18 de marzo de 2019
FRASES CÉLEBRES SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 18 DE FEBRERO DE 2019
FRASE DE LA SEMANA
AVECES SE GANA, AVECES SE PIERDE, PERO SIEMPRE SE APRENDE
viernes, 15 de marzo de 2019
martes, 12 de marzo de 2019
sábado, 9 de marzo de 2019
EL GOBIERNO MEJORA LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS FERROVIARIOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD A PARTIR DEL 1 DE ABRIL
Para conseguir el descuento hay que hacer lo siguiente:
- Acérquese a cualquier estación de tren con el certificado de discapacidad o la tarjeta donde indique el porcentaje de discapacidad.
- El coste de la tarjeta será de 6€ al año y se le entregará en el acto.
- La tarjeta se le entrega en el acto.
- Los descuentos aplicados serán:
- Largas distancias: De lunes a jueves el 40%, de viernes a domingo, 25%
- Medianas y cortas distancias: De lunes a domingo el 40%
- Este descuento es también aplicable a un acompañante.
viernes, 8 de marzo de 2019
SE RECUPERA LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS CUIDADORAS FAMILIARES.
HOY HA SALIDO PUBLICADO EN EL BOE QUE A PARTIR DEL 1 DE ABRIL, SE RECUPERA LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS CUIDADORAS FAMILIARES.
Los pasos para darse de alta como cuidadora no profesional:
1. Ir a la tesorería
2. Documentos a llevar:
- Resolución de dependencia.
- Original y copia dni persona dependiente.
- Original y copia dni persona cuidadora (la que conste en el pia).
- Discapacidad si el dependiente tiene o el cuidador.
- El formulario lo rellena el funcionario.
Se os da de alta desde el día que vayáis a tramitar.
Puede ser que os pidan algún documento más.
Las personas cuidadoras (las que conste en el pia), si trabajan por cuenta ajena o propia por una jornada igual a 40 horas no se podrán dar de alta en cotización.
Las personas que no cotizan nada se les dará de cotización según las horas que ponga el pía.
Pero por un grado 2 suelen ser 20 o 30h semanales, y grado 3 son 39h semanales.
Las personas que trabajen a jornada parcial se les dará de alta la diferencia de horas hasta las 40h.
Cualquier cambio de grado de dependencia, hay que ir a modificarlo, si empeora revisión de grado de dependencia.
Si alguien es menor de edad tendréis que llevar libro familia, y si está incapacitada legalmente tendrá que ir unos de los tutores. La tramitación la tiene que hacer el cuidador.
Y recordar que cada caso es diferente, por eso cada caso requiere más o menos asesoramiento.
Firmado una asistenta social (Trabajador Social).
martes, 5 de marzo de 2019
domingo, 3 de marzo de 2019
viernes, 1 de marzo de 2019
martes, 26 de febrero de 2019
lunes, 25 de febrero de 2019
viernes, 22 de febrero de 2019
martes, 19 de febrero de 2019
lunes, 18 de febrero de 2019
¿CUANTOS TIPOS DE DISCAPACIDADES EXISTEN?
Todos hemos conocido alguien que sufre alguna discapacidad, pero ¿realmente sabemos cuántos tipos de discapacidad existen? Sin importar cuál sea tu respuesta, hoy te hablaremos acerca de este tema para dispersar todas tus dudas.
No deje de revisar un apartado dedicado a Conoce la importancia del empleo para las personas con discapacidad intelectual
¿Estás lista? ¡Empecemos!
¿Cuáles son los tipos de discapacidad que existen?
Lo primero que debes entender antes de pensar en cuántas discapacidades existen es que cada una afecta a las personas de forma diferente y muy particular.
De hecho, hay discapacidades que pueden estar ocultas a simple vista o que son difíciles de notar a menos de que sepamos qué estamos buscando. Por eso ¡presta mucha atención a los tipos de discapacidad que traemos para ti!
Motriz:
De los tipos de discapacidad que existen esta se caracteriza por la disminución parcial o total de la movilidad de uno o más miembros de tu cuerpo, lo que se traduce en una dificultad o impedimento a la hora de realizar diversas tareas motoras, en especial las de la motricidad fina.
Esto producto de que esta clase de discapacidad puede llegar a generar en la persona movimientos incontrolados, temblores, dificultad de coordinación, fuerza reducida, entre otros.
tipos de discapacidad discapacidad motriz motricidad discapacitado
¿Cuáles son las causas de la discapacidad motora?
Algún proceso infeccioso como la poliomielitis, los reumáticos como los accidentes cerebro vasculares o la artritis reumatoidea, alguna malformación neurológica, entre otros.
Auditiva
De todos los tipos de discapacidad que existen esta corresponde a la pérdida total o parcial de la percepción de los sonidos, y para diagnosticarla se evalúa cuánto es percibido por cada oído de forma individual.
Se dice que una persona es sorda cuando su deficiencia auditiva es total o profunda, hipoacúsica si su pérdida de la audición es parcial y su audición puede mejorar con el uso de dispositivos electrónicos como los audífonos.
De esta discapacidad se distingue un dato muy curioso y es que la lengua de señas no es universal, sino que cada país tiene su propio conjunto de señas y gestos.
¿Cuáles son las causas de la discapacidad auditiva?
Normalmente son tres las causas de la discapacidad auditiva: la primera y más común es la genética, en segundo lugar, está la adultirida (es decir, que se adquiere en algún momento de la vida, como luego de un accidente) y por último están las congénitas, que son las prenatales, perinatales.
tipos de discapacidad discapacitado auditiva audición
Discapacidad visual
En el mundo existen aproximadamente 280 millones de personas que sufren de discapacidad visual, siendo casi 40 millones ciegas y más de 240 de baja visión.
Esto es importante mencionarlo, pues de los tipos de discapacidad la visual se divide en dos, y la primera y más popular es la pérdida total de la visión o ceguera, y la menos conocida es la disminución parcial, que es de hecho, la más frecuente.
visual tipos de discapacidad discapacitado visión vista
Discapacidad intelectual
Es definida como el estado de una persona, pues no puede llamarse enfermedad ya que no se cura y acompañará al individuo durante toda su vida.
tipos de discapacidad diferentes discapacidades intelectualimagen suministrada por: pbs.twimg
¿Cuáles son las causas de la discapacidad intelectual?
Son cuatro, de las cuáles la más común es la hereditaria, como el síndrome de Down, aunque también existen causas congénitas o adquiridas durante la gestación (ingesta de diferentes drogas, contracción de rubéola o VIH) y por último, las adquiridas, que se producen por daños al sistema nervioso central o al cerebro (meningitis, aspiración de toxinas, etc).
Discapacidad visceral
Este es uno de los tipos de discapacidad que pocas personas conocen, y, de hecho, forma parte de las más frecuentes. Una discapacidad visceral corresponde a aquellas personas que tienen alguna deficiencia de la función de un órgano interno.
Es decir, cuando alguien tiene una deficiencia cardiaca, es diabético, siempre que no correspondan a impedimentos motores, de los sentidos, intelectuales ni a ninguna de las discapacidades de la anterior.
visual tipos de discapacidad discapacitado visión vista visceral vísceras.
viernes, 15 de febrero de 2019
martes, 12 de febrero de 2019
lunes, 11 de febrero de 2019
viernes, 8 de febrero de 2019
martes, 5 de febrero de 2019
lunes, 4 de febrero de 2019
viernes, 1 de febrero de 2019
martes, 29 de enero de 2019
lunes, 28 de enero de 2019
martes, 22 de enero de 2019
lunes, 21 de enero de 2019
viernes, 18 de enero de 2019
lunes, 14 de enero de 2019
FRASES CÉLEBRES SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 14 DE NERO DE 2019
FRASE DE LA SEMANA
LO IMPOSIBLE ES AQUELLO QUE NO INTENTAS
viernes, 11 de enero de 2019
lunes, 7 de enero de 2019
FRASES CÉLEBRES SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 7 DE ENERO DEL 2019
FRASE DE LA SEMANA
NO ERES LO QUE LOGRAS. ERES LO QUE SUPERAS
sábado, 5 de enero de 2019
viernes, 4 de enero de 2019
viernes, 28 de diciembre de 2018
Autoescuelas con vehículos adaptados en España
Una de las necesidades esenciales con las que más se suelen encontrar las personas con discapacidad es con la falta de autoescuelas donde sacarse el carné de conducir con vehículos adaptados.
Aquí queremos paliar esta necesidad e informaremos sobre las autoescuelas que existen en España donde se puede practicar la conduccióncon coches adaptados, o donde se imparten clases en lengua de signos o con lenguaje fácil para personas con problemas de comprensión.
Destacamos un documento que creemos que será de interés, elaborado por la Asociación gallega contra las enfermedades neuromusculares "ASEM" Galicia: Guía práctica "Las personas con discapaciad al volante. Un derecho al alcance" (2008).
Asimismo, son destacables acuerdos entre asociaciones y autoescuelas para mejorar su servicio y las clases para personas con discapacidad.
La Asociación Amizade (contacto amizade@cogami.es), perteneciente a la Confederación Galega de Personas con Discapacidad (Cogami), apoyada por las autoescuelas Galicia, de Pontevedra, y Garfield, de Vigo, ha llegado a un acuerdo con dichos centros para que las personas con discapacidad puedan disponer de un vehículo adaptado para dar las clases prácticas. Antes la persona con movilidad reducida tenía que adaptar ella misma su vehículo y costear incluso los mandos para el profesor de autoescuela.
Galicia
- Pontevedra
- Autoescuelas Galicia
C/Andrés Mellado, 9 - 1º
36001 Pontevedra- Pontevedra
Teléfono: 986853527 - Autoescuelas Faro Salaberri Paso Vigo
Plaza de América, 3. Galerías Comerciales
36211 Vigo (Pontevedra)
Tel.: 986 292455
info@autoescuelasfaro.com - Autoescuela Garfield
C/Gregorio Espino Nº4 Bajo
36205 Vigo (Pontevedra)
Tel.: 986264876
Fax: 986264876
- A CORUNA
- Autoescuela Copaco
Ronda de Outeiro 112-1º
15007 A Coruña - Autoescuela Lespar
Marqués de Amboage, 10 - 1º
15006 A Coruña
Tel.: 981230818 - Autoescuela Baleirón
Rúa Seidón, 1 Milladoiro
Ames Santiago de Compostela
Tel.: 981883425 - Autoescuela MADRID PARÍS
Rúa Ministro Patiño 10
Ferrol A Coruña
Tel.: 981311653
Comunidad de MADRID
- Madrid
- Autoescuela "Rayo"
Avda. Albufera, 264
Para enviar documentación: Tel. 914773972 - 913031166.
Fax 91 777 01 68. - Autoescuelas Premium (en colaboración con la Coordinadora de intérpretes y guías-intérpretes de Lengua de Signos Española de la Comunidad de Madrid "CILSEM")
Tel.: 913311603 - Autoescuela “ Eurovia “
Virgen del Pilar Nº11
Tel.: 916763076
Fax.: 916770382
28850 Torrejón de ArdozC/ Madrid Nº12
Tel.: 916751868
Fax.: 916751868
28850 Torrejón de Ardoz (Madrid) - Autoescuela “ La Ciudadela“
C/ Dámaso Alonso, 18
Tel: 918300776
Fax: 918300776
28806 Alcalá de Henares (Madrid) - Autoescuela “ Espronceda” (para personas sordas)
C/ Espronceda, 4
Tel.: 913994056 - Autoescuela “ Gaviota ” (Para personas con discapacidad física)
C/ Torrelaguna, 60
Tel.: 914130364 / 620474076 - Autoescuela “Cebra “
Barrio del Pilar
C/ Melchor Fernández Almagro, 82
Francos Rodríguez
C/ Berruguete, 27
Tel.: 917305550 / 91311656 - Autoescuela “Ermita“
(Autoescuela con adaptaciones para todo tipo de discapacidad)
Paseo de la Ermita del Santo, 34
Tfno.: 915261841 / 9151548211 - Autoescuela “ Sprint, S.L. Madrid. “
Clases teóricas para personas sordas en L.S.E.
C/ La Vía, 57 (Semiesquina a Plaza Elíptica) 28019 – Madrid
Tel.: 914694967 -
C/Eras 59 Villaviciosa de Odón - Madrid
Tel.: 916164995C/ Principe Juan Carlos, 2 – Alcorcón
C/ Simón Hernández, 64 – Móstoles
Avenida Rafael Alberti, 20 – Vallecas - Autoescuela “Jelba“
Autoescuela con vehículo adaptado.
C/ Cuenca, 21 28980- Parla (Madrid)
Tel.: 916995068
Andalucía
- CÁDIZ
- Autoescuela Los Cedros
Jerez de la Frontera (Cádiz)
contacto@autoescuelaloscedros.com
- JAEN
- Autoescuela “R. Mahedero “
Tel: 953790796
Ctra. de Vilches, 7 bajo Fax: 953790796
23400 Úbeda (Jaén) - Autoescuela "Virgen De La Villa"
C/ san Antonio 5 (Jaén)
Tel.: 953891384 - Autoescuela "Autoescuela La Dama"
C/ Juan Luis Amador s/n (Jaén)
Tel.: 696243276
- MALAGA
- “Autoescuela “Torcal I.“
Vehículo adaptado a personas con discapacidad.
Carlos Haya, 53. 29010 – Málaga
Av. Carlos Haya, 53
Tel.: 9522711 00
- SEVILLA
- Autoescuela "Leonesa"
C/ Rosario, 1.
41001 Sevilla
Tel.: 954222505
- CORDOBA
- Autoescuela “Palma del Río“
Ancha, 30 14700 – Palma del Río (Córdoba)
Tel.: 957644913
- GRANADA
- Autoescuela “ San Cristóbal “
Doctor Oloriz, 12
18015 Granada
Tel.: 958285605
Generalitat Valenciana
- ALICANTE
-
Autoescuela Leycar
Ctra. de Agost, 23
03690 Sant Vicent del Raspeig, Alicante
-
- VALENCIA
- Autoescuela “Orriols“Autoescuela “Orriols“
San Juan de la Peña, 16 46100 – Valencia
Tel.: 963667529
País Vasco
- VIZCAYA
- Autoescuela Mikel
Disponen de vehículos adaptados.
Tele.: 944 116 382 - Autoescuela "Irrintzi"
Berriotxoa, 32
Basauri (Bizkaia)
Tel.: 944 493 299
Móvil. 609 245 067 - Agirre Lehendakaria, 3
Basauri (Bizkaia)
Tel.: 944 495 603
Móvil. 676 953 278 - AutoEscuela “ San José. Barakaldo.
Permiso de conducción "CLASE B" para personas con discapacidad.
Arrandi, 32
48901 – Baracaldo (Vizcaya)
Tfno.:944373314
Cataluña
- BARCELONA
- Autoescuela “Alba“
Carrer del Comte Borrell, 255
08029 Barcelona, España
Tel.: 933251525 / 935193286 - Autoescuela "Sta. Margarida"
Avda. Catalunya, 97 08730 – Sta. Margarida
Els Monjos (Barcelona)
Tel.: 938980987
Islas Canarias
- LAS PALMAS
- Autoescuela “Carmelo"
(Dispone de vehículos para personas con discapacidad en cualquiera de las autoescuelas repartidas en la provincia de Las Palmas).
Barbería, 4 35200 – Telde (Gran Canaria)
Tel.: 928683216C/Dulcinea, 37
35600 - Puerto del Rosario
Fuerteventura
Tel.:928531558C/Peñas del Chache, 11
35500 - Arrecife
Lanzarote
Tel.: 928802668
MURCIA
- Ciudad de Murcia
- Autoescuela “Murcia“
Autoescuela especialista en personas con discapacidad
Doctor Jiménez Díaz, 2 30008 – Murcia
Tfno.: 968246354 - Autoescuela San Nicolás
Ronda Sur. Tel.: 968 966045
San Ginés Tel.: 868949519
La Alberca Tel.: 968966046
Castilla - La Mancha
- Cuenca
- Autoescuela “Libra“
C/ Maestro Benito Moreno número 12,
San Clemente (Cuenca)
Tel.: 969300366 / 744481759
- Toledo
- Autoescuela "Alba"
- C/ Bellosillos, 35
ESCALONA (Toledo)
Tel.: 925780177 - Avd. Mas del Ribero, 15 - Local 2 (Toledo)
Tel.: 925253099
Movil: 664151965
Movil: 646086221
- C/ Bellosillos, 35
- Autoescuela "Alba"
Suscribirse a:
Entradas (Atom)







